Si la destrucción resulta procedente u obligatoria bajo las regulaciones de la ANMAT, la compañía propietaria de dichas mercaderías almacenadas, puede disponerla, previo cumplimiento de los procedimientos establecidos a ese efecto.
Deben tramitarse y obtenerse los certificados y autorizaciones previas que otorgan los organismos competentes, y una vez cumplidos estos requisitos, y con intervención de un Operador habilitado por la Dirección Nacional de Control Ambiental (dependiente de la Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación), se procede al traslado y destrucción de las mercaderías involucradas, en instalaciones especiales. Además el procedimiento es controlado por la Dirección General de Aduanas y por la Dirección Provincial de Zonas Francas, de modo tal de garantizar el estricto cumplimiento de todas las disposiciones reglamentarias. La destrucción se realiza en hornos especialmente habilitados por la Dirección Nacional de Control Ambiental.
De esta forma , la destrucción se realiza sin la nacionalización de la mercadería mediante su despacho a plaza. El traslado fuera de la Zona Franca La Plata, previamente autorizado y controlado por la Aduana, se efectúa al sólo efecto de la destrucción.
Un punto más, y muy importante, a la hora de evaluar su decisión de operar con La Plata Off Shore S.A. en el almacenamiento y manejo de sus mercaderías ANMAT en la Zona Franca de La Plata.
La Plata Off Shore S.A. La primera compañía habilitada como Operadora Logística de la ANMAT en la Zona Franca de La Plata. Desde el año 2001 al servicio de las compañías farmacéuticas.
http://www.laplataos.com

